La residencia americana por petición familiar es uno de los caminos más comunes para que miles de personas tengan estatus legal en Estados Unidos. Para muchas familias, este trámite representa la posibilidad de reunirse, vivir con seguridad y construir un futuro estable.
Sin embargo, es normal tener dudas:
- ¿Quién puede pedir a quién?
- ¿Qué documentos son necesarios?
- ¿Cuánto tarda realmente?
- ¿Qué pasa si la persona entró sin visa?
En Rodriguez Law Firm sabemos que estos procesos pueden sentirse complejos. Por eso, en esta guía te explicamos con claridad y honestidad lo más importante para que tomes decisiones seguras y con información real.
¿Qué es la residencia americana por petición familiar?
La residencia americana por petición familiar es uno de los trámites más importantes dentro del sistema migratorio de Estados Unidos. Este beneficio permite que un ciudadano o residente permanente solicite que un familiar directo obtenga la Green Card, dándole la oportunidad de vivir, trabajar y construir una vida legal dentro del país.
Su base legal se fundamenta en un principio que es la reunificación familiar. El gobierno estadounidense reconoce que las familias deben mantenerse unidas, por lo que existe un proceso específico para que las personas puedan traer a sus seres queridos de manera formal y segura.
A diferencia de otros caminos migratorios, este tipo de residencia no depende de una oferta de trabajo, estudios o inversión. Se obtiene gracias al lazo familiar y a la capacidad del patrocinador para demostrar que puede apoyar económicamente al beneficiario mientras se adapta a su nueva vida en Estados Unidos.
Este proceso también es una realidad esperanzadora para quienes buscan estabilidad, protección y un futuro más seguro. Aunque puede parecer complejo, cuando se entiende paso a paso y se sigue correctamente, se convierte en uno de los métodos más sólidos y confiables para obtener la residencia permanente.

¿Quién puede pedir a un familiar?
Para iniciar una residencia americana por petición familiar, es importante entender algo básico, no todas las personas pueden pedir a cualquier familiar.
Las opciones cambian dependiendo del estatus migratorio de quien patrocina el trámite. Aquí te lo explicamos de forma clara y sencilla.
1. Cuando el patrocinador es un ciudadano estadounidense
Un ciudadano tiene más opciones y, en muchos casos, los tiempos de espera son más cortos. Puede pedir a dos grupos de familiares:
A) Familiares inmediatos (los más rápidos)
Estos casos no tienen lista de espera, por lo que el proceso suele avanzar con mayor rapidez:
- Esposo o esposa
- Hijos solteros menores de 21 años
- Padres, siempre y cuando el ciudadano tenga 21 años o más
B) Familiares en categorías no preferenciales
Aquí sí existe lista de espera, por lo que el tiempo de procesamiento es más largo:
- Hijos solteros mayores de 21 años
- Hijos casados, sin importar la edad
- Hermanos, si el ciudadano tiene 21 años o más
Estas categorías avanzan en función de la disponibilidad de visas, lo que significa que pueden tardar varios años. Actualmente, estas categorías están demorando entre 22 a 25 años para que haya una Visa disponible, más el tiempo de procesamiento del caso que pueden ser 2 más esto aplica para casos de personas con Nacionalidad Mexicana.
2. Cuando el patrocinador es residente permanente
Un residente tiene menos opciones, pero aún así puede ayudar a ciertos familiares directos.
Puede solicitar únicamente a:
- Esposo o esposa
- Hijos solteros, sin importar si son menores o mayores de 21 años
En este caso también hay lista de espera, pero suele avanzar más rápido que en otras categorías preferenciales, actualmente esta categoría está tardando alrededor de 3 a 5 años para que haya Visa disponible más el tiempo de procesamiento de la residencia. Es importante aclarar que estas categorías únicamente se pueden arreglar fuera de los Estados Unidos. La categoría de hijos mayores de 21 está demorando alrededor de 18 a 22 años para que haya Visa disponible, más el tiempo de procesamiento de la residencia.

Requisitos principales para solicitar la residencia por petición familiar
Aunque cada caso es diferente, existen ciertos requisitos básicos que deben cumplirse para iniciar correctamente una residencia americana por petición familiar. Estos requisitos aplican tanto para la persona que presenta la solicitud (el patrocinador) como para el familiar que busca obtener la residencia (el beneficiario).
A continuación te explicamos, de forma clara, qué documentos suelen pedirse y por qué son importantes.
Requisitos del beneficiario (la persona que recibirá la residencia)
El beneficiario es quien busca obtener la Green Card y debe demostrar su identidad, historial personal y elegibilidad para el proceso.
Los documentos más comunes incluyen:
- Acta de nacimiento: Debe ser reciente y, si está en otro idioma, se requiere traducción certificada.
- Pasaporte válido: Es necesario para la identificación internacional y para continuar con citas consulares, si el proceso se hace fuera de EE.UU.
- Certificado policial (si aplica): Algunas categorías pueden requerir antecedentes policiales o cartas de no antecedentes, especialmente en procesos consulares.
- Acta de matrimonio o divorcio: Solo si el trámite se hace como pareja o si existe historial de matrimonios previos.
- Examen médico migratorio: Debe realizarse con un médico autorizado por el gobierno. Sin este paso, ningún caso puede ser aprobado.
- Formularios migratorios correspondientes: Dependiendo del proceso (ajuste de estatus o consular), pueden incluir formularios como I-485, DS-260, I-130A, entre otros.
Requisitos del patrocinador (la persona que pide a su familiar)
El patrocinador es quien demuestra ante el gobierno que tiene una relación real con el beneficiario y que puede apoyarlo económicamente mientras se adapta a su nueva vida en Estados Unidos.
Entre los requisitos más comunes se encuentran:
- Comprobante de ciudadanía o residencia: Puede ser un pasaporte estadounidense, certificado de naturalización, acta de nacimiento (si nació en EE.UU.) o Green Card vigente.
- Affidavit of Support (Formulario I-864): Es una declaración jurada donde el patrocinador se compromete a apoyar económicamente al beneficiario para evitar que dependa de beneficios públicos.
- Tiene que comprobar en su declaración de impuestos que ganó lo suficiente un año anterior, basado en el número de pendientes en su forma 1040.
- Demostrar ingresos suficientes: El patrocinador debe cumplir con los niveles mínimos de ingresos establecidos por el gobierno. Si no los cumple, existe la opción de agregar un co-patrocinador.
- Documento de identidad: Puede ser licencia de conducir, identificación estatal o cualquier documento oficial con fotografía.
- Comprobantes de domicilio: Recibos de servicios, contrato de renta o documentos bancarios que confirmen dónde vive el patrocinador.
Requisitos del patrocinador (la persona que pide a su familiar)
El patrocinador es quien demuestra ante el gobierno que tiene una relación real con el beneficiario y que puede apoyarlo económicamente mientras se adapta a su nueva vida en Estados Unidos. Entre los requisitos más comunes se encuentran:
- Comprobante de ciudadanía o residencia: Puede ser un pasaporte estadounidense, certificado de naturalización, acta de nacimiento (si nació en EE.UU.) o Green Card vigente.
- Affidavit of Support (Formulario I-864): Es una declaración jurada donde el patrocinador se compromete a apoyar económicamente al beneficiario para evitar que dependa de beneficios públicos.
- Tiene que comprobar en su declaración de impuestos que ganó lo suficiente un año anterior, basado en el número de pendientes en su forma 1040.
- Demostrar ingresos suficientes: El patrocinador debe cumplir con los niveles mínimos de ingresos establecidos por el gobierno.
Si no los cumple, existe la opción de agregar un co-patrocinador. - Documento de identidad: Puede ser licencia de conducir, identificación estatal o cualquier documento oficial con fotografía.
- Comprobantes de domicilio: Recibos de servicios, contrato de renta o documentos bancarios que confirmen dónde vive el patrocinador.
¿Cuánto tarda la residencia americana por petición familiar?
El tiempo de espera es una de las dudas más comunes cuando una familia inicia este proceso. Y es normal: muchas personas llevan años separadas, o simplemente desean vivir con tranquilidad sin depender del estatus migratorio.
La realidad es que la residencia americana por petición familiar no tiene un mismo tiempo para todos los casos. La duración depende de tres factores principales:
1. La relación familiar con el peticionario.
Los familiares inmediatos incluyen a:
- Esposo o esposa
- Hijos solteros menores de 21 años
- Padres de un ciudadano mayor de 21
Estas categorías no tienen lista de espera, por lo que sus tiempos suelen ser más rápidos.
Tiempo estimado: De 6 a 12 meses en promedio, en Rodriguez Law Firm hemos logrado casos en 15 días arreglados en los Estados Unidos.
Estos casos avanzan más rápido porque USCIS los considera una prioridad, ya que existe un lazo familiar directo.
2. Categorías no preferenciales.
Aquí entran familias que no son consideradas “inmediatas”, como:
- Hijos solteros mayores de 21 años
- Hijos casados de cualquier edad
- Hermanos de ciudadanos
Estas categorías sí tienen lista de espera, y en algunos casos la espera puede ser larga, especialmente para países con alta demanda como México.
Aunque el tiempo puede sonar largo, esto no significa que el caso esté detenido; simplemente avanza según la disponibilidad de visas que marca el Departamento de Estado.
3. Familiares de residentes permanentes.
Los residentes pueden solicitar a:
- Esposo o esposa
- Hijos solteros (sin importar la edad)
Estas categorías también tienen lista de espera, aunque suele ser más corta comparada con las categorías preferenciales de ciudadanos.

Beneficios de obtener la residencia americana por petición familiar
Solicitar la residencia por medio de un familiar no solo es un trámite legal; es una oportunidad para darle estabilidad, protección y nuevas posibilidades a toda la familia. Estos son los beneficios explicados de manera clara y sencilla:
- Vivir y trabajar legalmente en EE.UU: La residencia te permite vivir sin miedo a deportaciones, retenes o redadas. Ofrece la tranquilidad de poder establecerte, planear a largo plazo y moverte libremente dentro del país. Además, te abre la puerta a empleos formales, sin explotación ni pagos injustos, con la seguridad de que tus derechos laborales están protegidos.
- Acceso a mejores oportunidades laborales: Con una Green Card puedes aplicar a trabajos mejor pagados, obtener prestaciones, acceder a seguros médicos de empleo y buscar estabilidad para tu familia. Muchas personas que antes tenían trabajos temporales o mal remunerados, encuentran nuevas oportunidades que antes estaban fuera de su alcance.
- Posibilidad de viajar fuera del país: Los residentes pueden viajar a sus países de origen para ver a su familia, atender emergencias o simplemente tomar vacaciones. Lo más importante: pueden regresar sin complicaciones, siempre y cuando cumplan con los tiempos permitidos. Esto elimina el miedo a quedar atrapado fuera del país o a perder su estatus.
- Protección ante leyes migratorias estrictas: En un clima migratorio donde las leyes cambian con frecuencia, contar con residencia ofrece una seguridad legal muy valiosa. Los residentes tienen más protección ante detenciones, revisiones migratorias y procesos que podrían afectar a quienes no tienen un estatus legal definido.
- Acceso a servicios médicos y educativos: La residencia facilita el acceso a: programas de salud públicos y privados, seguros médicos más accesibles, escuelas, universidades y becas estatales y programas de ayuda económica y educativa para estudiantes.
Esto no solo beneficia al solicitante, sino también a los hijos y a toda la familia. - Opción de solicitar la ciudadanía estadounidense: Después de cumplir el tiempo requerido (generalmente cinco años como residente, o tres si la residencia se obtuvo por matrimonio con un ciudadano), puedes solicitar la ciudadanía. Convertirse en ciudadano te da acceso a todos los derechos civiles, mayor seguridad migratoria, posibilidad de pedir a más familiares, protección absoluta contra deportaciones.
Es uno de los pasos más importantes para cerrar un ciclo migratorio y asegurar el futuro de tu familia.

Conclusión
La residencia americana por petición familiar es mucho más que un trámite migratorio: es la oportunidad de reunir a una familia, de vivir sin miedo y de construir un futuro estable dentro de Estados Unidos. Aunque el proceso puede parecer largo, confuso y abrumador, entender cada paso, cumplir con los requisitos y evitar errores desde el inicio hace una diferencia enorme en el resultado final.
Cada caso es distinto. Cada familia tiene su propia historia, sus tiempos y sus razones para querer dar este paso. Por eso es tan importante contar con acompañamiento profesional que no solo sepa cómo funciona la ley, sino que también comprenda la parte humana de estos procesos: el deseo de estar juntos, la preocupación por la estabilidad y el sueño de ofrecer una vida mejor a los seres queridos.
En Rodriguez Law Firm creemos firmemente que inmigrar con seguridad no debería sentirse como un lujo. Nuestro compromiso es brindar orientación clara, honesta y cercana para que tengas la confianza de avanzar sin miedo y con la tranquilidad de estar tomando las decisiones correctas.
Si estás listo para comenzar tu trámite, revisar tu situación o simplemente resolver tus dudas, recuerda que no tienes porqué hacerlo solo. Estamos aquí para caminar contigo, paso a paso, hacia un proceso más seguro y posible.
